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Guía de ayudas - 7.2 Farmacia gratuita para enfermos crónicos

Revisado el 23/08/2007  

Definición

Las personas con certificado de discapacidad que son enfermos crónicos y necesitan tomar una medicación de forma permanente y no tienen recursos económicos suficientes para afrontar el gasto pueden solicitar la concesión excepcional de farmacia gratuita.

Requisitos

  • Tener una discapacidad valorada en un porcentaje igual o superior al 33%.
  • Es necesaria una valoración previa y la aprobación del Consorcio Sanitario de Barcelona.
  • Se debe ser enfermo crónico con necesidad de medicación permanente.
  • No tener suficientes recursos económicos.

Trámites

Se debe presentar una solicitud dirigida al Director del Servicio Catalán de la Salud (haciendo constar todos los datos personales: dirección, teléfono, etc.), firmada por la persona interesada o por su representante legal, y adjuntar la documentación siguiente:

  • Fotocopia del Certificado oficial de reconocimiento de la discapacidad (ICASS, IMSERSO).
  • Fotocopia del DNI del solicitante o Libro de familia en el caso de los menores de edad.
  • Fotocopia de la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI).
  • Certificado de convivencia de la unidad familiar emitido por el Ayuntamiento correspondiente.
  • Justificantes de ingresos económicos: declaración del IRPF o certificado emitido por la Delegación de Hacienda conforme no se está obligado a presentar la declaración y fotocopia de certificados de ingresos o carencia de los mismos (paro, pensiones, etc.).
  • Informe emitido por el trabajador social o entidad representativa de Servicios Sociales o del trabajador social del ABS (Área Básica de Salud).
  • Certificado médico del médico de cabecera o especialista con el diagnóstico de la enfermedad crónica y la prescripción médica mensual, con indicación detallada de nombre, presentación y dosis de los medicamentos prescritos.

La solicitud con toda la documentación anexa se debe presentar en el Consorcio Sanitario de Barcelona

Observaciones

El periodo de tramitación es como mínimo de 1 mes.

El equipo de valoración interdisciplinario eleva su informe técnico al Director del Servicio Catalán de la Salud, que es quien aprueba la prestación y se envía la resolución por correo certificado a la persona solicitante.

Dades de l'equipament


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